NOTA INFORMATIVA
AGOSTO 2019
El pasado 31 de agosto de 2019, salió publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Protocolo para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo" mismo que entró en vigor al día siguiente de su publicación.
Dicho Protocolo de legitimación busca garantizar que los trabajadores conozcan y aprueben el contenido de los Contratos Colectivos de Trabajo (en adelante "CCT) que rigen en sus respectivos centros de trabajo, a través del voto personal, libre, directo y secreto.
El Protocolo establece que el secretario general o el apoderado legal del sindicato titular del CCT a legitimar deberá dar aviso de la consulta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (en adelante la "STPS") a través de la plataforma electrónica establecida para tales fines y registrar la información del sindicato, el patrón y el CCT. En caso de que algún sindicato requiera realizar la consulta en múltiples centros de trabajo o distintas jornadas de trabajo, deberán manifestarlo a la STPS para su atención particular.
Con el fin de garantizar que los trabajadores voten con libertad, seguridad y secrecía, el Protocolo dispone que la consulta deberá ser verificada por un fedatario público o una autoridad laboral. El sindicato elegirá la modalidad de su preferencia y señalará el lugar, fecha y hora en que se realizará el evento. Una vez que éste quede registrado, la plataforma electrónica generará la convocatoria, boletas y actas de votación que deberán utilizarse para la consulta.
El procedimiento de consulta deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si la mayoría de los trabajadores aprueba el contenido del CCT y la STPS no realiza observaciones durante los 20 días hábiles siguientes a la presentación del aviso de resultado, el CCT se tendrá por legitimado.
Cuando la mayoría de los trabajadores rechace el CCT, o el sindicato no lleve a cabo la consulta antes del día 1º de mayo de 2023, dicho Contrato se tendrá por terminado, conservando los trabajadores las prestaciones y condiciones de trabajo contempladas en el CCT que sean iguales o superiores a las establecidas en la Ley.
Para información adicional, por favor no dude en comunicarse con los miembros de nuestro Despacho.
Juan Cristóbal Ibáñez Mariel
Juan José Ibáñez de la Calle
Joaquín Tejero Andrade
José Miguel Buendía Cobo
Andrés Delgado Pérez
Melissa Rivas Rosendo
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